6.1.13

Comunicado sobre la Ley de Servicios Profesionales

Fuente: CSCAE, COAC


El pasado día 3 de enero tuvo lugar en la sede del COAM de Madrid una junta abierta a partir del conocimiento del anteproyecto de la Ley de Servicios Profesionales del gobierno español que reunió tanto a representantes de los diferentes colegios de arquitectura del estado, entre ellos el decano del COAC Lluís Comerón, representantes del CSCAE, de las diferentes escuelas de arquitectura, estudiantes y representantes de los sindicatos de arquitectos.

De dicha reunión se extrae el siguiente comunicado oficial por parte del CSCAE:

La consolidación del citado borrador podría poner en peligro el trabajo del sector productivo ligado a la Arquitectura.

La confusión entre la Arquitectura y otras profesiones puede provocar una concentración de la actividad de las oficinas técnicas que sería contraria a la deseable competencia dentro del sector.

La Arquitectura está reconocida en nuestra sociedad como una actividad especifica, de interés público y cultural, con una lógica disciplinar y académica propia. No sólo por su importancia como patrimonio cultural, sino por ser en la Arquitectura donde se responde a las necesidades de las personas, particularmente aquellas que exigen un medio físico adecuado para el desarrollo de la actividad cotidiana con garantía expresa de su seguridad.

Este reconocimiento, que es universal, motivó en la Unión Europea la promulgación de una Directiva específica en la que se precisan con detalle los conocimientos mínimos con los que debe cualificarse el profesional que ejerza la Arquitectura, que también universalmente es llamado Arquitecto.

La Arquitectura Española ha conseguido un prestigio y reconocimiento social que trasciende nuestras fronteras, hasta el punto de ser referencia internacional de buena práctica.

La consolidación de una formación integral, que incluye los contenidos tecnológicos para la materialización de los edificios, ha generado un modelo de indudable excelencia.

La legislación confirma la responsabilidad del Arquitecto, como titular adecuado, para garantizar a la sociedad el cumplimiento de las distintas exigencias de calidad y seguridad de las personas en función de los distintos usos.

La Ley de Ordenación de la Edificación de 1999 determina con precisión los cometidos y funciones de cada uno de los agentes que intervienen y, entre ellos, las profesiones y las atribuciones que en este sector les corresponden. Un inadecuado cambio de este marco regulador significaría una quiebra del sistema público de garantías en la protección de los derechos de los ciudadanos, contraria a lo ordenado por el Parlamento Europeo.

Desde nuestras instituciones se han programado, en los próximos días, reuniones con diferentes estamentos de la Administración, con el objeto de colaborar en un redactado del proyecto de Ley de Servicios Profesionales, que contribuya a la mejor práctica de la Arquitectura y del resto de profesiones técnicas con incidencia en el sector de la edificación.

Madrid, 3 de enero de 2013 Pleno de Consejeros del CSCAE

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