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21.5.14

Ciudad y Arquitectura: por una sociedad con servicios de calidad

Fuente: COAM



Arquitectos, ingenieros, abogados, médicos,… construirán hoy miércoles, 21 de mayo, una gran red formada con paraguas blancos en la Plaza Mayor que representará el gran tejido profesional que la nueva ley pone en riesgo.

Los profesionales tienen la responsabilidad de unirse para conseguir que el Gobierno realice los tres cambios que es necesarios hacer en el Anteproyecto de Ley de Servicios y Colegios Profesionales por una sociedad con servicios de calidad:

- Es necesario que el sector de la edificación disponga de una norma propia que regule las competencias entre los profesionales técnicos para que se garantice la seguridad de los edificios y los ciudadanos.
- Es necesario avanzar hacia una colegiación universal que garantice nuestra independencia y el acceso a todas las profesiones de personas con la formación adecuada.

- Es necesario que los profesionales dispongamos de unos honorarios mínimos que garanticen la calidad de los servicios. 


Es el momento de que todos los colegios profesionales manifiesten su oposición a esa LSCP y escenifiquen la dimensión del problema. 

Durante el encuentro se repartirán cientos de tarjetones explicando y se creará una gran plaza de servicios profesionales para concienciar a los ciudadanos las consecuencias sociales de las modificaciones propuestas en la LSCP. 

Programa: 

12:00h Asamblea CSCAE 
13:30h concentración/construcción 
14:00h const rucción ecosistema 
16:00h asesoramiento profesional gratuito 
17:00h visitas Arquitectónicas gratuitas 
20:00h concentración/desmontaje

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30.11.13

Carta abierta de la Arquitectura al Gobierno

Fuente: CSCAE

Hoy os acercamos la carta publicada el pasado 25 de noviembre por el CSCAE por parte del Presidente del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España al gobierno con motivo del Anteproyecto de la Ley de Servicios y Colegios Profesionales (ALSCP):

La arquitectura es un bien patrimonial que pertenece a todos los ciudadanos que tienen la obligación de recibirlo, cuidarlo, ampliarlo y transmitirlo a las futuras generaciones con un marcado carácter de intemporalidad.

Los ciudadanos tienen que asumir esas obligaciones de respeto y salvaguarda de la Arquitectura y lo vienen haciendo durante siglos, gracias a lo cual podemos contemplar hoy el impresionante patrimonio arquitectónico que poseemos.
Por su parte, el poder público, elegido para un determinado período temporal, no puede atentar contra los derechos patrimoniales de esos mismos ciudadanos que lo han elegido, ni contra los de las generaciones futuras, por no estar acreditado para ello.

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 2 de agosto el Anteproyecto de Ley de Servicios y Colegios Profesionales. Conocido y analizado éste, desde el mundo de la Arquitectura hemos de manifestar, con profundo dolor, que el mismo parece destilar animadversión hacia una disciplina y unos profesionales que lejos de ver reconocida su trayectoria, su marcada y comprometida labor social en defensa de los ciudadanos, asisten al interés obsesivo de un Ministerio por devaluar “ésta y sólo ésta” profesión, olvidando derechos de ciudadanos y profesionales, haciendo caso omiso de las garantías de usuarios y consumidores, y todo ello justificado con falsos argumentos economicistas.

No puede entenderse de otra manera que el texto articulado del Anteproyecto aprobado, renuncie a usar las palabras arquitectura y arquitecto, se olvide de citar al Colegio de Arquitectos al hablar de la colegiación obligatoria, y procure “no decir” que la Ley de Ordenación de la Edificación está vigente y ordena las competencias profesionales en ese ámbito.

Por el contrario, amenaza con la creación de una Comisión de Reforma de las Profesiones así como de un “grupo de trabajo para la determinación de las atribuciones profesionales en el ámbito de la ingeniería y la edificación”.
Todo lo anterior se completa con un trato desconsiderado hacia los Colegios, esta vez en general, como si no fueran corporaciones de derecho público reconocidas en la Constitución, y no cumplieran su cometido con una eficacia que para sí quisiera la administración.

El Gobierno no puede hacer caso omiso a la enorme preocupación mostrada por todas las profesiones, como tampoco a la alarma social e injusticia que ponemos de manifiesto desde la Arquitectura.
Para el Gobierno no puede merecer credibilidad, en este asunto, un Ministerio que para lograr sus objetivos practica la opacidad y la falta de diálogo con los colectivos implicados. El Gobierno no puede dejarse llevar por quien no tiene la menor consideración con las organizaciones profesionales, a las que por su actitud parece considerar como entidades bajo sospecha.

A pesar de la enorme tristeza y preocupación, la arquitectura se muestra convencida de que un Gobierno serio no va a volver la cara a unos profesionales y a una disciplina que han configurado un modelo de excelente cualificación, forman parte de la marca España y no hacen sino cumplir responsablemente lo que la sociedad les ha encomendado. Con el espíritu constructivo que siempre nos ha caracterizado, hemos hecho llegar al gobierno una serie de reflexiones en aras de una LSCP que sirva para mejorar el servicio que los arquitectos prestamos a la sociedad y no para empeorarlo, truncando a la vez las ilusiones, derechos y expectativas de ciudadanos y profesionales de la arquitectura.

Un servicio profesional como el que ofrece el arquitecto garantiza protección social al ciudadano, y no cabe duda de que la supresión de requisitos para el acceso a ciertas profesiones, degradaría el servicio social que presta al reducirse las necesarias condiciones de cualificación y formación.

Una vez más la arquitectura no tiene duda de que ese ALCSP que no resulta adecuado sino contraproducente, que no beneficia al sector ni al ciudadano, a quien perjudica notablemente, que genera inseguridad jurídica e inconstitucionalidad, no puede recibir el beneplácito del Gobierno.

Jordi Ludevid i Anglada
Presidente del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España

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7.9.13

Carta del Presidente del CSCAE del 6 de septiembre de 2013 sobre el Anteproyecto de LCSP

Fuente: CSCAE

A continuación os acercamos la carta emitida por el presidente del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España, CSCAE, con motivo a la aprobación del Anteproyecto de la nueva LSCP el pasado día dos de agosto.

Estimado/a compañero/a:

Ante la aprobación del Anteproyecto de Ley de Colegios y Servicios Profesionales el pasado día dos de agosto, y como continuación de mi carta de veintiuno de junio, me dirijo a ti para transmitirte información sobre el preocupante momento en el que nos encontramos.
El día dos de agosto, la Comisión Delegada del Pleno de Consejeros del CSCAE, reunida en Madrid, conoció el nuevo Anteproyecto de Ley de Colegios y Servicios Profesionales, cuyo contenido variaba substancialmente respecto de las expectativas derivadas de lo hablado y discutido previamente con diferentes estamentos de la administración.

El articulado de la misma, disponible en la web del Ministerio de Economía, está sometido a audiencia pública hasta el 16 de septiembre, gozando el CSCAE de un trámite de informe específico hasta el día 23. Después del estudio de las alegaciones e informes, se procedería a la aprobación como Proyecto de Ley por parte del Consejo de Ministros, que a su vez lo remitiría a las Cortes Generales para su tramitación, presumiblemente a finales de año o comienzos del año próximo.

La Comisión Delegada del Pleno de Consejeros se volvió a reunir el día 8 con el objetivo de analizar su contenido y acordar las primeras acciones a realizar en defensa de nuestros intereses, la Arquitectura y los Arquitectos. El Consejo ha estado trabajando durante todo el mes de agosto en el comienzo de las tareas que hagan posible la redacción y presentación de nuestras alegaciones, contando para ello con el concurso de nuestra Asesoría Jurídica, las de todos los Colegios y también la de los consultores externos contratados por el CSCAE (Bufete Uría, Bufete ML/A/B, Bufete Roca Junyent). Estamos analizando la reformulación de nuestro argumentario a la vista del nuevo articulado y trabajando en la preparación de una Declaración de Colectivos de Arquitectura. Disponemos también de un programa de gestiones personales para recabar los máximos apoyos en pos de un redactado distinto para el Proyecto de Ley.

El Consejo y los Colegios han trabajado intensa y duramente durante todo este período de gestación de la Ley. Las numerosas reuniones directivas, entrevistas y apariciones públicas dan razón de ello. Creo que ninguna institución profesional ha sido más activa. Sin embargo, el contenido del anteproyecto es decepcionante y no se corresponde con las conversaciones antes señaladas.

Su aprobación como Ley implicaría, con sus numerosas imprecisiones jurídicas, un escenario de incertidumbres y confusión que rechazamos enérgicamente, resultando especialmente grave al vulnerar derechos fundamentales de todos aquellos que hemos dedicado nuestras vidas profesionales a prepararnos y formarnos para el ejercicio de la Arquitectura. En su redactado actual, el Anteproyecto resulta arbitrario y discriminatorio para nuestra profesión y, por tanto, inconstitucional.

En consecuencia, y ejecutando el reciente mandato de la Asamblea Extraordinaria del CSCAE, es preciso seguir trabajando en el frente jurídico mediante la formulación de las correspondientes alegaciones y también continuar e intensificar los contactos políticos a todos los niveles, también hacia la opinión pública, para hacer ver los agravios comparativos que se producen y que, si bien algunos cambios pueden ser oportunos y hasta necesarios, otros solo pueden traer perjuicios para los usuarios, con una peligrosa confusión de responsabilidades, la anulación en la práctica del reconocimiento constitucional de los Colegios Profesionales y una confusión lamentable sobre los fines últimos de la Arquitectura, amén de un perjuicio notable para nuestro ejercicio profesional.

Nuestros argumentos jurídicos y políticos son sólidos y muy relevantes. Nuestra posición institucional también lo es. Estamos en contacto con Unión Profesional, con otros colectivos de la Arquitectura y con las demás profesiones colegiadas afectadas con el fin de incrementar la fortaleza de nuestra posición.
La LOE, Ley de Ordenación de la Edificación, el marco legal donde están reconocidas nuestras atribuciones, que fue consensuada con el resto de profesiones y no ha generado conflicto alguno, debe seguir plenamente vigente en el futuro. Por otra parte, cada vez se hace más necesario defender la autonomía y la labor de los Colegios de Arquitectos al servicio de los derechos e intereses de los ciudadanos y la sociedad. La colegiación obligatoria y la independencia de los Colegios resultan fundamentales para garantizar la eficacia de las funciones que estos tienen encomendadas.

Son momentos difíciles para las políticas y los servicios públicos e incluso para el sentido común, constantemente amenazados por la necesidad de generar apariencias neoliberales que presuntamente calmen a “los mercados”. Difíciles momentos pues para los valores profesionales, que se interponen desde siempre entre “el consumidor y la empresa”.
Como consecuencia del amplio y metódico trabajo realizado por los Colegios y el CSCAE, tenemos argumentos racionales que permiten confiar en la modificación del contenido del Anteproyecto de Ley. Nos proponemos movilizar todos los recursos que pone a nuestro alcance el Estado de Derecho para corregir el despropósito que supondría la transformación que se propone. Es necesario, por tanto, que nos mantengamos atentos al futuro desarrollo de los acontecimientos por si fuera necesaria alguna acción colectiva. Te mantendré puntualmente informado/a de las novedades que se produzcan y te recuerdo que el correo del Consejo está abierto a todas las sugerencias de nuestro colectivo profesional. Quedo como siempre a tu disposición.

Recibe un fuerte abrazo,
Jordi Ludevid i Anglada
Presidente

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7.8.13

Aprobado el anteproyecto de Ley de Colegios y Servicios Profesionales

Fuente: CSCAE, COAM, edgargonzalez

¿Informe sobre el Anteproyecto de Ley de Colegios y Servicios Profesionales o Aprobación del Anteproyecto de Ley de Colegios y Servicios Profesionales?

Siguiendo el discurso de ostracismo y opacidad con la que el proceso de redacción y evolución que ha vivido hasta hoy la LSCP por parte del ejecutivo, el pasado 2 de agosto se dio por aprobado el anteproyecto de dicha ley; a pesar de que en la página web oficial de Presidencia del Gobierno la noticia recibiese el calificativo de informe, tal y como explica el decano del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid, COAM, la carta redactada el pasado 3 de agosto.

Tras acercaros los días anteriores el comunicado posterior del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España, CSCAE, a continuación nos hacemos eco de la nota de prensa completa del pasado viernes: 

Madrid, 2 de agosto de 2013.- El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Anteproyecto de Ley de Colegios y Servicios Profesionales cuyo objetivo es impulsar la competitividad, el crecimiento y la calidad de los servicios, mediante la eliminación de restricciones en diversos ámbitos. Este es uno de los compromisos recogidos en el Plan Nacional de Reformas y una recomendación a España de los organismos internacionales. 

La norma impulsará la competitividad y la calidad en los servicios profesionales, que representan casi el 9% del PIB, el 6% del empleo total y el 30% del empleo universitario. La liberalización tendrá efectos positivos sobre el conjunto de la economía en forma de mayor competencia y permitirá un crecimiento adicional del PIB entre 0,5 y 1 puntos porcentuales. Asimismo, permitirá afianzar las ganancias de competitividad, una vez se consolide la recuperación económica. 

COLEGIOS PROFESIONALES

Se establece una lista de profesiones de colegiación obligatoria que sólo podrá exigirse por ley estatal: 
• Profesiones sanitarias: médicos, farmacéuticos, veterinarios, odontólogos, enfermeros, fisioterapeutas, ópticos-optometristas y podólogos. 
• Profesiones jurídicas: abogados, procuradores, graduados sociales, registradores y notarios. 
• Profesiones técnicas: se establece la colegiación obligatoria para los profesionales que realicen actividades para las que se exija visado (nueve actividades en el ámbito de la edificación y el manejo de explosivos, fundamentalmente). 

Coexistirán colegios de pertenencia obligatoria y voluntaria. No obstante, solo la pertenencia a los primeros será habilitante para el ejercicio de una profesión o de ciertas actividades profesionales. Los colegios solo podrán crearse mediante ley, a petición de los profesionales titulados y mediante el acompañamiento de una memoria justificativa, con los motivos para la creación del colegio, las razones que impiden su integración en uno ya existente o el número de profesionales en ejercicio. 

Se refuerzan los criterios de buen gobierno en los colegios de colegiación obligatoria, sometiendo a los órganos directivos a estos principios y a un régimen específico de incompatibilidades. Se refuerza la independencia colegial al determinar la incompatibilidad de ostentar el cargo de presidente, decano, miembro de la junta de gobierno, o directivo con ser cargo político electo (del Estado, comunidades autónomas, provincias u otras entidades locales) o titular de un órgano directivo en cualquier administración pública. Tampoco podrán compatibilizarse estos cargos en los colegios con otros puestos directivos en partidos políticos, sindicatos u organizaciones empresariales o en entidades de seguro o mutualidades de previsión social. Además, los familiares directos de los cargos directivos de una corporación colegial no podrán ser contratados laboral o mercantilmente por la misma. 

Se mejora el ejercicio de la potestad disciplinaria de los colegios estableciendo que el código deontológico de cada organización colegial sea único en todo el territorio nacional y exigiendo órganos deontológicos o disciplinarios independientes de los órganos de gobierno colegial. 

Se clarifica el régimen económico de los colegios, así como la cuota colegial, debiendo separarse los servicios obligatorios de los voluntarios. Los colegios de pertenencia obligatoria deberán ofertar un régimen de cuotas obligatorias bonificado para los profesionales en desempleo. 

Se establece un régimen general de remuneración de los cargos directivos de los colegios obligatorios. Con carácter general no tendrán derecho a remuneración aunque con la excepción de que ejerzan el cargo de dedicación en exclusiva. Esta remuneración deberá figurar de forma detallada en los presupuestos y deberá ser aprobada por una mayoría igual a la que tenga cada colegio para la aprobación de las cuentas. 

Asimismo, los de colegiación obligatoria deberán ofertar un sistema de certificación de profesionales, para así mitigar los problemas de información asimétrica entre los profesionales y los consumidores. Es decir, se convertirán en entidades de certificación de profesionales acreditadas por la ENAC (Entidad Nacional de Acreditación) para garantizar su independencia. 

Se refuerza la transparencia mediante la presentación y publicidad de cuentas de los colegios. Además, como garantía de un mayor control contable, se recoge la obligatoriedad de auditoría para los colegios de pertenencia obligatoria. Se exigirá que la información sobre los colegiados y sobre todas y cada una de las cuotas del colegio sea accesible al público en formato telemático, sin que sea preciso solicitarla. 

Se refuerza el funcionamiento democrático de los Consejos Generales, al establecer que en la participación de los colegios en la elección de sus órganos directivos se tendrá en cuenta el número de colegiados de cada uno de ellos. 

SERVICIOS PROFESIONALES

Se establecen las condiciones comunes que regirán en el acceso o ejercicio de las distintas profesiones, bajo el principio general del libre acceso y ejercicio. Las restricciones de acceso a una actividad basadas en una cualificación profesional sólo podrán exigirse por ley (estatal o autonómica) siempre que sea necesario por motivos de interés general, proporcionado y no discriminatorio. Cuando la cuantificación requerida sea un título universitario o de Formación Profesional superior, debe contemplarse en ley estatal. 

Se establece una lista de normas que mantienen su vigencia en lo que se refiere a las reservas de actividad y/o condiciones de acceso. Entre ellas se incluyen todas las que regulan atribuciones en el ámbito de ingeniería y edificación, sanitarias, transporte y educación, entre otras (alrededor de 120). Las normas no incluidas en la lista quedarán automáticamente derogadas en lo que se refiere a esta materia. 

Se propone crear una Comisión de Reforma de las Profesiones que analizará los requisitos de acceso y el ejercicio profesional y, en su caso, hará las propuestas de modificación que considere y para ello podrá consultar al sector de que se trate. La Comisión estará coordinada por el Ministerio de Economía y de ella formará parte el Ministerio de Educación, la Agencia Nacional de la Evaluación de la Calidad y Acreditación y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. 

Esta Comisión informará sobre cualquier cambio normativo que incida en los requisitos de acceso y ejercicio de las profesiones y de sus reservas de actividad. También podrá realizar de oficio una evaluación de las restricciones de acceso y de ejercicio existentes a la entrada en vigor de esta ley. En este caso, también formará parte de la Comisión el Ministerio que corresponda por razón de su competencia en la profesión analizada. 

Dentro de la Comisión se creará un Grupo de Trabajo que elaborará una propuesta sobre atribuciones profesionales en la ingeniería y la edificación de acuerdo con esta ley. Presidido por el Ministerio de Fomento, podrá contar con la participación de las profesiones. 

En el caso de las farmacias, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad hará una propuesta de modificación de la tabla de deducciones al beneficio de las oficinas de farmacia recogida en el RD 823/2008, de 16 de mayo, por el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano, con el objetivo de reforzar la progresividad y el carácter finalista del sistema. 

Se elimina la incompatibilidad del ejercicio simultáneo de la abogacía y la procura (representación ante los Tribunales). Esta medida será de aplicación inmediata, sólo condicionada al despliegue del sistema de notificación electrónica del Ministerio de Justicia y a que los Colegios de Abogados establezcan su presencia en los salones de notificación de los tribunales, lo que implica un periodo transitorio. Se eliminan los aranceles de los procuradores, de forma que a partir de la entrada en vigor de esta Ley sus honorarios serán fijados libremente con los clientes.

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16.6.13

Sí a la Arquitectura!

Fuente: ETSAB



El próximo martes 18 de junio tendrá lugar a las 18.30h en la plaça Nova de Barcelona una concentración pacífica del colectivo relacionado con la arquitectura para reivindicar públicamente su valor y unirse así al conjunto de actividades que se reproducirán en las diferentes sedes de colegios de arquitectura de todo el país como protesta contra el anteproyecto de la nueva Ley de Servicios Profesionales (LSP), que se aprobará en el consejo de ministros de las próximas semanas.
Dicho anteproyecto de la LSP compromete gravemente las competencias y atribuciones profesionales de los futuros arquitectos perjudicando su perspectiva de futuro.

Bajo el lema “Sí a la arquitectura”, la acción pretende rechazar la nueva legislación y concienciar a la sociedad de la importancia y valor de la profesión.

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7.6.13

Jornada informativa sobre LSP

Fuente: COAC


En el siguiente link podréis ver el video de la jornada informativa abierta que realizó el COAC en relación a la LSP el pasado jueves 30 de mayo. Durante el encuentro, se habló sobre el estado actual del proceso de tramitación de la LSP, y contó con la participación de directores de escuelas de arquitectura, representantes de organizaciones de estudiantes, asociaciones de arquitectos y el Colegio, entre otros. Ver VIDEO(Menú derecha).

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26.4.13

LSP, consejo de ministros a 26/04/13

Fuente: CSCAE



Tras el consejo de ministros y posterior rueda de prensa que reunía a la vicepresidenta del Gobierno, ministra de la Presidencia y Portavoz, Soraya Sáenz de Santamaría, la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, y los ministros de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, y de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristobal Montoro; han sido varias las conclusiones a las que se ha podido llegar a pesar del obtuso mensaje que el ejecutivo ha llevado a cabo en relación a la denominada nueva Ley de Servicios Profesionales

Con el fin de acercaros conclusiones respecto dicha comparecencia, compartimos el comunicado que el Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España, CSCAE, ha hecho público en el día de hoy:

"Esta mañana el Consejo de Ministros presidido por Mariano Rajoy ha aprobado el Segundo Plan Nacional de Reformas, en el que se incluye la LSP. Se da así inicio a un proceso legislativo en el que está previsto el diálogo con los diferentes colectivos implicados.

Desde que a finales de diciembre del año pasado trascendiera un borrador del Anteproyecto de Ley en el que, entre otras cosas, se cuestionaban las atribuciones específicas de los arquitectos, el CSCAE y los Colegios de Arquitectos de España han intensificado las labores de interlocución con los responsables e interlocutores políticos implicados en la tramitación de la Ley de Servicios Profesionales y con diversas personalidades del ámbito económico y social a fin de trasladar nuestra preocupación y nuestras propuestas en relación con las atribuciones de los arquitectos.

Hace un par de días que circula por las redes un documento de uso interno “Anteproyecto de Ley de Servicios Profesionales” con el logotipo del Ministerio de Economía y Competitividad. No nos consta que sea reconocida por la fuentes oficiales pero, en todo caso, fue analizado en profundidad por los recursos de la estructura colegial por si fuese un punto de partida en el proceso.

Por la trascendencia de este cambio normativo, compartimos con los arquitectos de España el nivel de inquietud y preocupación por lo que perseveramos en nuestra labor de interlocución y defensa de los arquitectos.

Madrid, 26 de abril de 2013"

Des de diversas plataformas, blogs y páginas webs se han dado diversas informaciones respecto al mencionado borrador, de entre las que se pueden destacar las siguientes:

-Disposición final nº 15 - Modificación del apartado a) del articulo 1 0.2. de la LOE:

"Cuando el proyecto a realizar tenga por objeto la construcción de edificios para los usos indicados en el grupo a) del apartado 1 del articulo 2, la titulación académica y profesional habilitante será la de arquitecto o ingeniero que ostente conocimientos reconocidos en materia de proyección de edificaciones."

- Disposición final nº 7: Ley de Colegios y Servicios Profesionales

"Por un lado, se establecen las condiciones comunes u horizontales a respetar por toda la regulación que incida en el acceso o ejercicio de las distintas profesiones. Por otro lado, las restricciones basadas en una cualificación profesional para el acceso a una actividad sólo podrán exigirse por ley, siempre y cuando sea necesario por motivos de interés general, lo que limitará las reservas de actividad. La Ley incorpora la normativa sobre Colegios Profesionales, que se modifica para reforzar el modelo de coexistencia de colegios de pertenencia obligatoria y voluntaria, y clarificar sus normas de funcionamiento, adaptándolas a la realidad actual.".

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